Sentencia del TSJ de Galicia a favor del Hockey Club Liceo
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Sentencia del TSJ de Galicia a favor del Hockey Club Liceo

Sentencia del TSJ de Galicia a favor del Hockey Club Liceo
El Deportivo Liceo femenino. foto archivo

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En cuanto a la demanda presentada en el pasado por Catherine Guscin (exjugadora del Club) y las posteriores sentencias emitidas por los diversos juzgados, el Hockey Club Liceo desea manifestar lo siguiente:

 

• En este presente 2022, Catherine Guscin presentó una demanda ante el Club en la que denunciaba una supuesta actitud discriminatoria por nuestra parte y reclamaba la consiguiente compensación ante esa hipotética inexistencia de sus derechos fundamentales. A su vez, reclamaba una deuda económica.

• El Club siempre entendió que no existía relación laboral con esta jugadora (y ninguna), por la libertad de actuación y operativa que tiene el equipo femenino.

• Nunca se le negó a esta persona la cantidad de compensación adeudada. Siempre fue reconocida por el Hockey Club Liceo y se insistió en su abono antes de llevar el asunto al círculo judicial, aunque Guscin decidió proseguir con la demanda con el objetivo de reclamar la supuesta discriminación.

• Los tribunales de instancia le dieron la razón a la demandante en cuanto al asunto laboral (muy discutible, pero acatado) y la cantidad adeudada, no así en la discriminación. La mencionada demandante optó por realizar recurso de suplicación ante el TSJ de Galicia, hecho que impugnaron el Ministerio Fiscal y el Hockey Club Liceo.

• En resolución del 18 de noviembre de 2022 el TSJ de Galicia DESESTIMÓ dicho recurso de suplicación, dando razón al Club. No podemos más que manifestar nuestra satisfacción, al recogerse judicialmente lo que llevamos defendiendo desde hace ya demasiados meses.

 

Para la desestimación de las pautas referentes a una hipotética discriminación, el Tribunal Superior de Justicia utiliza varios de los argumentos que incluía el Hockey Club Liceo en su impugnación:

 

  1.  Sobre la discriminación por no estar de alta en la Seguridad Social. Citamos:

    “El hecho de que las jugadoras del equipo femenino de hockey, y en concreto la actora, no estén dadas de alta en la Seguridad Social, no implica que sea un indicio de discriminación por cuanto que era una cuestión controvertida el hecho de si la actora estaba unida con la demandada con una relación laboral, esto es, se discutía el vínculo de laboralidad, por cuanto que el club demandado siempre sostuvo que no era trabajadora del club, al no concurrir las notas de laboralidad en consecuencia no consideraba necesaria su alta en la Seguridad Social; tratándose de una discrepancia de carácter jurídico que nada tiene que ver con la discriminación denunciada, ni puede entenderse como un indicio de discriminación”.
     
  2.  Entiende además que la existencia de impagos y la falta de alta en la Seguridad Social no son motivos suficientes para entender un trato discriminatorio:

    “No se puede concluir, en base a los motivos que cita en el recurso, la falta de alta en la Seguridad Social y el impago de salarios que quedan reducidos a un tema de legalidad ordinaria el primero, y al incumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa, el segundo, la existencia de un trato discriminatorio y de vulneración de los derechos fundamentales que denuncia la demandante recurrente”.
     
  3. Por último, en cuanto al argumento sobre la diferencia de trato por viajar el equipo masculino en avión, entiende el Tribunal que obedece a los tipos de competiciones y por los mayores ingresos derivados de publicidad:

    “En cuanto a las alegaciones de que el primer equipo masculino viaja en avión, a diferencia del equipo femenino, tal extremo ya ha sido valorado correctamente por la magistrada de instancia tras un análisis de la prueba practicada y ello obedece a los distintos tipos de competiciones que desarrollan debido a los desplazamientos derivados de un ámbito territorial superior y conllevan mayores ingresos derivados de la publicidad y de sus patrocinadores”.

 

Para terminar, el Hockey Club Liceo desea reiterar todavía más su máximo compromiso con la lucha por la igualdad entre hombres y mujeres. La clara intención de la entidad desde la entrada de la presente directiva es la de, paso a paso, equiparar todos los aspectos entre los equipos masculinos y femeninos. Continuaremos trabajando para que esto pueda ser una realidad cada vez más palpable.

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