La Audiencia Nacional ha emitido un auto en el que desestima el recurso contencioso-administrativo del Deportivo que solicitaba la suspensión cautelar del pago de una multa de 100.000 euros impuesta por la Secretaría de Estado de Seguridad, que entendió que el club cometió en 2020 una infracción muy grave en relación a una serie de artículos de la Ley contra la violencia en el deporte.
Los hechos a los que alude esta multa ocurrieron en noviembre de 2020 en el estadio de Riazor, antes del partido entre el club coruñés y el Racing de Ferrol. Aquel día, en plenas restricciones por el covid, la entidad blanquiazul permitió el paso de medio centenar de aficionados del colectivo Riazor Blues al recinto antes del inicio del partido.
Los seguidores encendieron decenas de bengalas dentro del campo, mostraron una pancarta (con el mensaje "xuntos morremos, xuntos voltaremos") e hicieron un homenaje a Francisco Javier Romero Taboada, ‘Jimmy’, del que se cumplían al día seis años de su asesinato en Madrid.
El Dépor quería evitar el pago mientras no haya una sentencia firme de este procedimiento. Según recoge al auto judicial, alegó que “el abono de la sanción causaría un importantísimo desajuste en la tesorería del club”, causando “un grave perjuicio a la entidad deportiva” al estar, en el momento en el que realizó las alegaciones, “en plenas negociaciones económicas con entidades bancarias, administraciones y jugadores de cara a la próxima temporada”
“Tener que realizar a corto plazo el ingreso de esa cantidad supondrá un daño prácticamente irreversible", advirtió la entidad.
Los magistrados de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional no comparten el criterio del Deportivo y rechazan su pretensión de paralizar el pago de la sanción al entender que no ha aportado pruebas que avalen los perjuicios esgrimidos. Por tanto, el auto judicial indica que “las alegaciones sobre el desajuste de tesorería e incidencia en la liquidez de la entidad de meras afirmaciones huérfanas de todo soporte probatorio”.
Los jueces explican que no fue posible valorar “la incidencia del abono de la sanción en la actividad o en la viabilidad” del Deportivo “al desconocerse cualquier dato relativo a las circunstancias concurrentes en dicha entidad”.
El club interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la resolución del pasado 25 de abril del secretario de Estado de Seguridad, que desestimó las alegaciones contra la orden de abril de 2022 en la que se impuso la sanción.
El Gobierno sancionó al conjunto herculino en base a la Ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. En concreto, lo hizo por varios preceptos que prohíben “la organización, participación activa o la incentivación y promoción” de actos “violentos, racistas, xenófobos, discriminatorios por razón de orientación e identidad sexual” y “la exhibición en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos de pancartas, símbolos, emblemas o leyendas que fomenten o ayuden a la realización de comportamientos violentos o terroristas”.