La RFGF pone fin a la discusión
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La RFGF pone fin a la discusión

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Debate zanjado. El Comité Territorial de Competición y Disciplina de la Real Federación Gallega de Fútbol emitió una resolución para poner fin a la discusión sobre el destino de la SD Órdenes tras un hipotético descenso de Preferente Norte. El ente autonómico decretó que el Órdenes competiría el próximo curso, en caso de descender, en el grupo 1 de Primera Galicia. 


La RFGF anunció esta decisión después de recibir consultas de diferentes clubes acerca de la asignación de grupo al Órdenes en caso de descenso. ¿Caería al grupo 1, formado por los equipos de la delegación de A Coruña pertenecientes a las comarcas de A Coruña, Mariñas y de la delegación de Ferrol, o caería en el grupo 2, compuesto por los equipos de la delegación de Santiago y los de la delegación de A Coruña de la comarca ‘Costa da Morte’?  


La resolución de Comité aclara los motivos sobre los que basa su conclusión, así como las posibles razones del malentendido.

Criterios
En primer lugar, la RFGF evidencia los criterios de ubicación de equipos descendidos previstos en el artículo 195.5 del Reglamento General. El primer punto es “la existencia de un acuerdo asambleario estableciendo un grupo de destino concreto”; el segundo, “el grupo de procedencia, si se mantuviesen las mismas características y nomenclatura de las divisiones y grupos que estuviesen vigentes cuando se produjo el ascenso”; y el tercero, “la proximidad geográfica”. No obstante, la RFGF añade que estas premisas se podrían eludir “acordando la ubicación que más favorezca el desarrollo de la competición”.

Asamblea de 2013
En segundo lugar, el Comité pasa a analizar el principal motivo de malentendido para algunos clubes: el Acta de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 20 de julio de 2013, así como su correspondiente Circular, la número 2 de la temporada 2013/2014, publicada el 26 de agosto de 2014, que tiene como título “División geográfica de los clubs de categoría de aficionados pertenecientes a la delegación de Santiago de Compostela”.


En dicha Circular, se acuerda que los clubes que tengan su terreno de juego oficial ubicado en Ordes, así como en otros muchos ayuntamientos, están considerados de la zona de Santiago y, por tanto, de esa zona “dependerá el grupo 6º de Segunda Autonómica de Aficionados y también los grupos 8º y 9º de Tercera Autonómica de Aficionados”.

Excepciones
En la mencionada Circular también se incluyen en la zona de Santiago los clubes CD Lalín (perteneciente al ayuntamiento de Lalín); CD Estradense (ayuntamiento de A Estrada) y CF Cire de Melide (ayuntamiento de Melide). El Lalín y el Estradense pertenecían a la Delegación de Pontevedra hasta la fecha de la publicación de la Circular, mientras que el Cire Melide formaba parte de la Delegación de A Coruña. Por lo tanto, la RFGF anunció en la Circular que estos tres clubes “serán recolocados en sus grupos correspondientes de la Delegación de Santiago de Compostela en cuanto su situación deportiva permita que esta reubicación sea lo más fácil posible a la hora de confeccionar los calendarios de dichos grupos”.


Después de la exposición de la Circular, el Comité Territorial de Competición y Disciplina entiende que “los clubes afectados por dicha propuesta son los clubes que en el momento de la aprobación del acuerdo tenían inscrito su equipo de aficionados y participando activamente en las competiciones de la delegación de Santiago”. Por lo tanto, el Órdenes, que pertenecía y pertenece a la comarca federativa de Mariñas-Arteixo-Montaña de la delegación de A Coruña, no está afectado por la división geográfica acordada en la Asamblea General Ordinaria del 2013.

Además, el Comité hace hincapié en el hecho de que el Órdenes no fue uno de los clubes no pertenecientes a la delegación de Santiago que sí fue afectado por la división geográfica como lo fueron Lalín, Estradense y Cire Melide, que sus casos sí estaban detallados en el acuerdo.

Asamblea de 2012
En tercer y último lugar, después de concluir que “el acuerdo asambleario de 20/7/2013 no resulta aplicable al Órdenes”, el Comité declara que el acuerdo que sí resulta aplicable al club de Vista Alegre es “el adoptado en la Asamblea General del 23/7/2012, en la cual se aprobó la división del Grupo 1 de Primera Galicia en 2 grupos”. El grupo 1º (Zona Norte) estaría formado por “los equipos de la delegación de A Coruña pertenecientes a las comarcas de A Coruña, Mariñas y de la delegación de Ferrol, y el grupo 2º (Zona Sur), estaría compuesto por los equipos de la delegación de Santiago (Santiago-Barbanza) y los de la delegación de A Coruña de la comarca ‘Costa da Morte’”. 

Conclusión
En consecuencia, el Comité  concluye que “al pertenecer la SD Órdenes a la comarca federativa de Mariñas-Arteixo-Montaña de la delegación de A Coruña, en el hipotético caso que el equipo A de la categoría de aficionados de la SD Órdenes descendiese de la Preferente Galicia Grupo Norte, habría de descender, en su caso, al Grupo 1º de Primera Galicia”.

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